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Circular Externa Nº18: Modificación y aclaración de las instrucciones prudenciales en materia de cartera de Créditos impartidas mediante la circular externa 17 de 2020

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En virtud de la emergencia sanitaria por la cual atraviesa el país y su afectación en la situación económica, social y financiera de los asociados y de las organizaciones solidarias, la Superintendencia de Economía Solidaria expidió documento con instrucciones a realizar en la modificación de la circular externa Nº17

Lea la circular completa en el siguiente enlace: https://www.grupocdys.com.co/wp-content/uploads/2020/08/circular_externa_18_de_2020.pdf

En Grupo CD&S somos expertos en la implementación del sistema de administración de riesgo de lavado de activos y financiamiento al terrorismo

SARLAFT, SARC, SARO, SARL y SARC

 

Instrucciones Prudenciales en materia de cartera de créditos, con el fin de apoyar a los asociados afectados por la actual emergencia sanitaria

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El pasado 17 de Julio mediante la circular externa #17 de la Supersolidaria se informan las instrucciones prudenciales en materia de cartera de créditos. En virtud de la emergencia sanitaria1 por la cual atraviesa el país y su afectación en la situación económica, social y financiera de los asociados y de las organizaciones solidarias, esta Superintendencia mantiene su política de flexibilización regulatoria, orientada a mitigar los efectos directos e indirectos de la actual coyuntura.

Complementariamente a las alternativas aquí dispuestas, las organizaciones solidarias vigiladas podrán otorgar alivios a sus asociados, teniendo en cuenta sus políticas y mecanismos previstos para el otorgamiento de nuevos créditos, así mismo podrán modificar las condiciones de los créditos vigentes, atendiendo lo señalado en el Capítulo II, de la Circular Básica Contable y Financiera.

Leer circular externa completa a través del siguiente enlace: https://www.grupocdys.com.co/wp-content/uploads/2020/07/circular_externa_17_2020.pdf

Suspensión temporal de la Circular Externa No.09 DE 2020 – Informe del Balance Social y Beneficio Solidario

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El día 15 de Julio del 2020 la Supersolidaria dio a conocer la SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA CIRCULAR EXTERNA No.09 DE 2020 – INFORME DEL BALANCE SOCIAL Y BENEFICIO SOLIDARIO en virtud de la emergencia sanitaria por la cual atraviesa el país y, conforme a los lineamientos impartidos por el Gobierno Nacional en materia de prevención, manejo y control para evitar el contagio de la Covid-19, esta Superintendencia en virtud de los objetivos y finalidades previstos en el artículo 35 y en ejercicio de las facultades legales conferidas en el numeral 22 del artículo 36 de la Ley 454 de 1998, informa a las organizaciones vigiladas que dada la importancia que representa la medición y presentación del Balance Social y Beneficio Solidario, se hace necesario suspender la aplicabilidad de la Circular Externa No.09 de 2020.

Para leer la circular externa completa dar clic en el siguiente enlace: https://www.grupocdys.com.co/wp-content/uploads/2020/07/circular_externa_no.16_15_de_julio_de_2020.pdf

¿Qué es el Valor en Riesgo de liquidez VaR (Value al Risk Liquidity)?

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El Valor en Riesgo de liquidez (VaR) permite estimar el monto máximo de retiro que tendría una organización por concepto de sus exigibilidades que no tienen fecha cierta de vencimiento, en un horizonte de tiempo y con un nivel de confianza determinado. Un nivel de confianza del 95% significa que, en construcciones repetidas resultantes de un muestreo, se acertará en 95 de cada 100 casos.

el VaR mide la peor pérdida esperada en un tiempo determinado bajo condiciones normales de mercado en un nivel de confianza estadística (o de probabilidad estadística). Sobre la base de fundamentos técnicos, el VaR otorga a sus usuarios una medida sumaria de los riesgos.

Además del monto máximo de dinero que puede perderse en un período para un nivel determinado de confianza, el VaR tiene otras definiciones:

  • Es el procedimiento numérico, estadístico o matemático que establece un VaR monetario.
  • Es un conjunto de procedimientos que permite estimar el valor monetario del riesgo.
  • Es una técnica de gestión del riesgo, que tiene como consecuencia la reestructuración de la compañía y de sus posiciones.

Conozca el anexo completo de la Supersociedades en https://www.grupocdys.com.co/wp-content/uploads/2020/07/anexo_1_capitulo_svii_circular_basica_contable_y_financiera_0-1-1.pdf

 

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Supersolidaria: METODOLOGÍA PLAN DE CONTINGENCIA DE LIQUIDEZ (SARL)

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Normativa Recomendada: Supersolidaria

La semana pasada la SuperSolidaria dio a conocer la norma acerca de las directrices y principales parámetros que deben emplear las organizaciones solidarias con el fin de gestionar los escenarios adversos que puedan llegar a presentarse respecto a su administración del Riesgo de Liquidez.

Es importante resaltar que todas las entidades del sector deben estar alerta en cuanto a sus indicadores de gestión, asignando un encargado responsable de monitorear cada uno de los movimientos de los indicadores así como el procedimiento que se debe seguir al tener la necesidad de realizar un reporte al equipo de gestión de Crisis.

Se recomienda que el equipo de gestión de crisis se conforme mínimo por: Representante Legal, Un miembro del Consejo de Administración y un Responsable del área de Riesgos

¿Cuales son los escenarios fundamentales de crisis de liquidez? De acuerdo con la norma los siguientes son los escenarios de crisis a tener en cuenta en en Sistema de Administración de Riesgos de Liquidez (SARL): Crisis Institucional y Crisis Sistémica. 

Herramientas de Seguimiento al Riesgo de Liquidez. Dentro de lo mencionado por la norma se recomiendan algunas herramientas de seguimiento y control como lo son: Desfases de plazos contractuales, Concentración de la financiación, Activos Disponibles libres de Restricciones y Herramientas de seguimiento real del mercado

Si desea leer el anexo completo lo invitamos a revisar el siguiente enlace: https://www.grupocdys.com.co/wp-content/uploads/2020/07/anexo_4_capitulo_svii_circular_basica_contable_y_financiera-1.pdf

En Grupo CD&S somos expertos en la implementación de Sistemas de Administración de Riesgo de Liquidez para su organización contáctenos a través del siguiente formulario https://www.grupocdys.com.co/contactanos/

¿Qué es SARL?

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El SARL es el Sistema de Administración de Riesgo de Liquidez que deben implementar las organizaciones solidarias vigiladas señaladas en el ámbito de aplicación, con el propósito de, identificar, medir, controlar y monitorear el riesgo de liquidez al cual se encuentran expuestas en el desarrollo de sus actividades, el cual se puede materializar por la incapacidad de mantener un equilibrio permanente en el tiempo entre los flujos financieros positivos como negativos; desde el punto de vista de los activos por la incapacidad que pueden presentar las organizaciones solidarias para convertir rápidamente un activo en efectivo sin generar pérdidas de capital o intereses por penalidad propias de los instrumentos y/o activos de inversión, o desde el punto de vista del pasivo se puede materializar por la incapacidad de financiar el crecimiento de sus operaciones y/o actividades y hacer frente a sus obligaciones de pago en la fecha y forma contractualmente establecida, a un costo razonable y sin afectar su reputación en el mercado. Lo anterior hace necesario adoptar mecanismos que les permitan realizar una efectiva gestión de dicho riesgo.

 

EL SARL (Sistema de Administración de Riesgo de Liquidez) que diseñen las organizaciones solidarias debe atender la naturaleza, características, estructura organizacional, su tamaño y la complejidad de sus operaciones. De la misma manera, tanto la Superintendencia como las organizaciones vigiladas deben considerar el rol que cada una desempeña dentro del sector solidario y su importancia en el sistema.

 

El SARL (Sistema de Administración de Riesgo de Liquidez)  se instrumenta a través de las etapas y elementos establecidos en el presente capítulo, en el cual se fijan lineamientos mínimos que las organizaciones vigiladas deben tener en cuenta para administrar en forma adecuada su riesgo de liquidez, así como calcular el monto de activos líquidos disponibles que deben mantener para prevenirlo, junto con el monto de activos necesarios para el normal funcionamiento de la organización. Las organizaciones solidarias vigiladas sujetas a esta norma, están obligadas a evaluar periódicamente las etapas y elementos del SARL, con el fin de realizar los ajustes que consideren necesarios para su efectivo, eficiente y oportuno funcionamiento, de forma tal, que atiendan en todo momento las condiciones particulares de la organización solidaria, del mercado en el que opera y de la economía en general.

¿Qué es SARLAFT?

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Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo

El SARLAFT, es el sistema de administración que deben implementar los operadores postales de pago para gestionar el riesgo de LA/FT, se instrumenta a través de las etapas y elementos que más adelante se describen, correspondiendo las primeras a las fases o pasos sistemáticos mediante los cuales las entidades administran el riesgo de LA/FT y los segundos al conjunto de componentes a través de los cuales se instrumenta de forma organizada y metódica la administración del riesgo de LA/FT en los operadores.

El SARLAFT debe abarcar todas las actividades que realizan los Operadores Postales de Pago en desarrollo de su objeto social principal y prever, además, procedimientos y metodologías para que las entidades se protejan de ser utilizadas en forma directa, es decir, a través de sus accionistas, administradores y vinculados, como instrumento para el lavado de activos y/o canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas, o cuando se pretenda el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades.

Es deber de los operadores postales de pago revisar periódicamente las etapas y elementos del SARLAFT y la implementación de cada uno de sus colaboradores con el fin de realizar los ajustes que consideren necesarios para su efectivo, eficiente y oportuno funcionamiento.

¿Qué son los sistemas de administración de riesgos?

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Los sistemas de administración de riesgo permiten a las empresas hacer una efectiva gestión de los riesgos inherentes a la actividad económica. De esta manera mitigar el riesgo de lavado de dinero, riesgo crediticio, riesgo de liquidez, riesgo de mercado, riesgo operativo y riesgos de seguridad de la información, reduciendo las probabilidades de un evento o amenaza, y minimizando las posibles pérdidas originadas por su ocurrencia.

Para esto es indispensable efectuar como mínimo las siguientes etapas para la correcta implementación de los sistemas de administración de riesgo en la empresa:

  1. Identificación: Consiste en listar los eventos de riesgo para cada uno de los factores de riesgo. 
  2. Medición o análisis: En esta etapa se centra en estudiar las fuentes del riesgo, consecuencias, impacto y probabilidad de ocurrencia.
  3. Control o tratamiento: Se busca tomar las medidas que permita controlar los riesgos y reducir el impacto. 
  4. Monitoreo: Tiene como objetivo revisar con frecuencia la efectividad de los controles implementados, las estrategias de mitigación del riesgo y las demás etapas.

La administración de riesgos se convierte en una herramienta de planeación, formando parte de las buenas prácticas de gestión empresarial permitiendo optimizar las oportunidades y la capacidad de generar valor. 

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¿Qué es un riesgo financiero? ¿Cuáles son los riesgos financieros? ¿Cómo puede afectar a mi empresa los riesgos financieros?

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Si bien hemos escuchado que los riesgos financieros pueden afectar a las pequeñas, medianas y grandes empresas, pero ¿Qué es un riesgo financiero?. Un riesgo financiero es la probabilidad de que ocurra un evento adverso y se produzcan consecuencias negativas financieras para nuestra empresa.

 

Existen varios tipos de riesgos financieros que dependen del sector y de quienes son nuestros clientes, socios, inversionistas y demás personas que estén involucradas en las operaciones diarias de la compañía. Entre los riesgo más comunes tenemos:

 

Riesgo de crédito:

 

Se produce cuando alguna de las parte de un contrato no asume las obligaciones de pago, también va unido a la posibilidad de impago de una deuda. El concepto se relaciona habitualmente con entidades financieras o bancos pero, en realidad puede afectar a mas sectores como empresas que venden a plazos por medios de créditos o consignaciones. 

 

Riesgo de liquidez:

 

Se produce cuando alguna de las partes de un contrato no tiene liquidez para asumir las obligaciones, esto puede ser consecuencia de una mala administración de activos como por ejemplo los inventarios, se tiene un exceso que no se vende rápidamente por lo cual genera un riesgo al no contar con flujo de caja suficiente para cubrir los pasivos. 

 

Riesgo de mercado: 

 

Se produce por las pérdidas de valor que se puedan dar por un activo que esté relacionado a la fluctuación en el mercado como los precios, los intereses o cambio. Algunas empresas que podrían verse afectadas son aquellas que tienen inversiones en divisas o realizan operaciones de comercio exterior.

 

Riesgo operacional:

 

Se produce debido a errores humanos, procesos internos inadecuados o defectuosos, fallos en el sistema y cómo consecuencia afecta a entes externos a la compañía. Algunos ejemplos sería la fuga de información sensible y confidencial, caídas en el sistema bancario o fallas en procesos transaccionales. 

 

Riesgo de lavado de activos y financiamiento del terrorismo:

 

Se produce como consecuencia de desarrollar operaciones económicas, financieras y comerciales incurriendo en actividades de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. Como mitigación de este riesgo se debe analizar algunos factores mínimos como: los clientes, los productos, los canales de distribución y las jurisdicciones. 

 

Para evitar y mitigar los riesgos financieros en las empresas se debe contar con sistemas de administración y gestión de riesgos que permite identificar, medir, controlar y monitorear todos los factores.

 

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