La importancia de la auditoría y cumplimiento del SAGRILAFT en las empresas

Por abril 30, 2021 Uncategorized

Cuando se habla de SAGRILAFT, se hace referencia al Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM (Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva). Y es la Superintendencia de Sociedades la encargada de regular y vigilar aquellas empresas que se encuentran obligadas a implementarlo, mediante la Circular Externa No.100-000016 del 24 de diciembre de 2020 definió las directrices y requisitos necesarios, para que las organizaciones vigiladas, puedan prevenir que sus actividades sean permeadas por grupos delictivos o personas inescrupulosas que buscan introducir a la economía formal recursos de origen ilícito.

Uno de los elementos principales del SAGRILAFT es el rol del Oficial de Cumplimiento, En este artículo se hará referencia a algunos requisitos y funciones principales de este y la importancia de su cargo al interior de las organizaciones.

El Oficial de Cumplimiento es quién se encargará de supervisar, gestionar y velar porque el SAGRILAFT se convierta en una herramienta de prevención y mejoramiento, en los procesos de la organización, asegurando la ejecución de controles idóneos de acuerdo con el contexto de riesgo de cada empresa. Resultado de esta gestión la organización generará un ambiente de seguridad y confianza en sus relaciones comerciales, lo cual le brindará una ventaja competitiva en su sector y promoverá modelos de negocio seguros para su entorno cercano y para el país.

A continuación, se indican, cuáles son los requisitos generales que debe cumplir el oficial de cumplimiento, quien adicionalmente deberá ser nombrado por la junta directiva mediante acta correspondiente.

Requisitos básicos:

  • Ser como mínimo de segundo nivel jerárquico dentro de la entidad
  • Tener capacidad decisoria.
  • Acreditar conocimientos en materia de administración de riesgos.
  • No pertenecer a órganos de control ni a las áreas directamente relacionadas con las actividades previstas en el objeto social principal de la empresa.

Adicionalmente los órganos de control también tienen un papel importante en la prevención del riesgo y la implementación del SAGRILAFT.

La normatividad exige que se debe contar con el apoyo del revisor fiscal como órgano de control, el cual se encargara de revisar, en el ejercicio formal de sus actividades, que la organización cumpla de manera idónea con todos los requisitos (plenos o mínimos conforme al ámbito de aplicación) de la circular en la implementación del SAGRILAFT.

Otra de las responsabilidades de este rol, conforme a las nuevas disposiciones de la normatividad, es que siempre que en el curso de su trabajo, el revisor fiscal, descubra cualquier actividad u operación de la cual pueda entender una sospecha de posibles actos de LA/FT/FPADM, tiene la obligación de reportar de manera inmediata a la UIAF mediante la plataforma SIREL, dicha operación y a su vez al oficial de cumplimento el cual deberá realizar una debida diligencia intensificada.

Finalmente, como complemento a los aspectos relevantes en materia de control y auditoria la organizaciones deben definir de un régimen de inhabilidades y tratamiento de escenarios de conflictos de intereses que permita evitar la toma errada de decisiones y prevenga escenarios de riesgo.

Los aspectos mencionados anteriormente, son fundamentales para crear sinergia y ambientes propositivos, entre los órganos de control, el oficial de cumplimento, la dirección de la organización y las diferentes áreas de operación, que permitan asegurar todos los procesos de la entidad en torno al SAGRILAFT.

Leer circular completa aquí: https://www.supersociedades.gov.co/nuestra_entidad/normatividad/normatividad_circulares/Circular_100-000004_de_9_de_abril_de_2021.pdf

¡Recuerde, el plazo para el cumplimiento en la implementación de Sistema de Auto control y Gestión Integral del Riesgo Integral LA/FT/FPADM!

Las empresas que adquieran la calidad de obligadas, para implementar las medidas plenas o las medidas mínimas, con corte al 31 de diciembre de 2020, deberán poner en marcha su SAGRILAFT, a más tardar el 31 de agosto del 2021.

En GRUPO CD&S, contamos con la experiencia y el conocimiento necesario, para apoyarlo en este proceso de implementación o actualización de su SAGRILAFT a un clic.

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