Bogotá, agosto 6 del 2020. La Superintendencia de la Economía Solidaria informa a las organizaciones solidarias vigiladas, asociados y ciudadanía que entró en vigencia la Ley 2032 del 27 de julio de 2020, que regula el pago anticipado de los créditos y préstamos, sin incurrir en ningún tipo de penalización o compensación por lucro cesante, de las cuotas o saldos en forma total o parcial, de los consumidores de productos crediticios de las entidades del sector cooperativo.
Así mismo, la Ley 2032 de 2020 destaca que “en los contratos de adquisición de bienes o prestación de servicios en los que el productor o proveedor otorgue de forma directa financiación, el consumidor podrá realizar en cualquier momento pagos anticipados de forma parcial o total sobre el saldo pendiente de su crédito. En ningún caso podrán establecerse cláusulas penales o sanciones por pago anticipado ni exigirse el pago de intereses durante el periodo restante».
Consulte la Ley 2032 de 2020 en el siguiente enlace: http://www.supersolidaria.gov.co/sites/default/files/public/normativa/ley_2032_del_27_de_julio_de_2020.pdf
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